¿Cuánto le falta a la formación de los funcionarios de prisiones para cubrir las necesidades y desafíos actuales y futuros de su trabajo?

Panel: Formación del personal penitenciario

Pedro das Neves, Carolina Pereira & Ana M. Nascimento

Las titulaciones profesionales son cada vez más indicadores del desarrollo social y económico de un país. En consecuencia, la mayoría de las profesiones han iniciado una trayectoria de reconocimiento de niveles de certificación académicos o profesionales específicos, y a menudo los amplían para preparar a los profesionales para los desafíos futuros.

La profesión de los funcionarios de prisiones (FP) permanece en una zona gris, arraigada en rasgos específicos del país, a menudo socialmente atrapada en prejuicios obsoletos sobre la actividad mientras cohabitan con las nuevas exigencias de la sociedad.

En las últimas décadas, el mundo ha asistido a un importante aumento de la población reclusa; de acuerdo con la Lista Mundial de Población Reclusa (Fair y Walmsley, 2021), el número total de personas retenidas en prisiones y centros penitenciarios supera la cifra de 10,77 millones, y quizás la de 11,5 millones. Solo en Europa, hay 1.528.343 ciudadanos que permanecen bajo custodia (Aebi y Tiago, 2021).

Responsables de la seguridad y la reinserción social de los reclusos, 368.805 funcionarios de prisiones (incluye personal dedicado exclusivamente a la custodia y otro personal) trabajan, en la mayoría de los casos en un entorno difícil e infradotado de recursos, en las 52 administraciones de centros penitenciarios existentes en los 47 Estados miembros del Consejo de Europa (Aebi y Tiago, 2021).

Las prisiones desempeñan un papel crucial en la sociedad, esencial para la seguridad humana y pública. Según el Consejo de Europa (2006), los deberes del personal que trabaja en prisiones van más allá de la seguridad y la protección e implican desempeñar un papel en el retorno de las personas reclusas a la sociedad una vez que hayan cumplido la condena a través de un programa de cuidado positivo y asistencia, y en armonía con las Reglas de Nelson Mandela (UNODC, 2015), las Reglas de Bangkok (UNODC, 2010) y las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad (ONU, 1990), en función de cada contexto de trabajo.

Los FP son clave para que los cambios deseados se lleven a la práctica en este nivel de rehabilitación. Sin embargo, para conseguirlo, necesitan formación completa y accesible que les permita aplicar los cambios (UNODC, 2011). En el desempeño de sus funciones, estos profesionales deben afrontar problemas anteriores y nuevos: a) la población reclusa mundial está envejeciendo a un ritmo sin precedentes (Psick, Simon, Brown y Ahalt, 2017; UNODC, 2010); b) la mayoría de las prisiones están sobrepobladas, y el hacinamiento grave es una característica de los sistemas penitenciarios de muchos lugares del mundo (Fair y Walmsley, 2021); c) crecen la radicalización y el extremismo violento en las prisiones de todo el mundo (Ahmed, 2015); y, d) existe crimen organizado, que puede iniciarse e integrarse en las rutinas de la vida en prisión (Treadwell, Gooch y Perry, 2019).

Estos solo son algunos de los problemas que conducen a una degradación de la salud social y psíquica de los reclusos e incrementan las conductas peligrosas.

En otro plano, resulta de la investigación que el público, en general, ve el trabajo en los centros penitenciarios como algo indeseable, en particular en cuanto se refiere al papel del funcionario de prisiones.

Históricamente, el sector ha tenido poca relación directa con la gente en general (Russo, Woods, Drake y Jackson, 2018), lo que ha alimentado las ideas negativas y ha resultado en que falte personal en la mayoría de las prisiones, lo que redunda en acrecentar la dificultad para promover la rehabilitación.

Tal como expone la Declaración de Osnabrück, la pandemia, la digitalización y el cambio climático tienen un impacto notable en la economía, el empleo y la sociedad.

Tales problemas se amplían cuando la evolución social y tecnológica presionan significativamente en el sistema debido a su carácter mundial que disminuye las fronteras y promueve la movilidad de un modo mucho más rápido al que las instituciones tradicionales están dispuestas a asumir y adaptarse.

Así sucede en el contexto de las prisiones. La formación puede ser un elemento esencial, ya que dotar al personal de la formación suficiente probablemente dificultaría las conductas inapropiadas, el bajo rendimiento o el abandono por falta de implicación (Russo, Woods, Drake y Jackson, 2018).

En este contexto, la formación profesional constituye una necesidad para responder a estos desafíos y la demanda creciente de habilidades digitales y la necesidad al alza de mejorar y reciclar las habilidades constantemente, a lo largo de la vida laboral de una persona.

La formación profesional se considera «un posibilitador de innovación y el cimiento esencial para el crecimiento verde, digital y sostenible» (Parlamento Europeo, 2017)

El Parlamento Europeo (2017) reconoce que los funcionarios de prisiones deben tener condiciones laborales adecuadas para las exigencias propias de su trabajo, lo que incluye mejor formación inicial y continua y la financiación adecuada correspondiente, condiciones laborales dignas y apropiadas, intercambio de buenas prácticas, y buenos niveles de dotación de recursos humanos.

La Comisión Europea (a través de ESCO) refuerza este reconocimiento al declarar que los servicios penitenciarios deberían tener currículos formativos iniciales y avanzados específicos, dirigidos a las diferentes categorías de personal y a los rasgos específicos de los cargos.

Las oportunidades de formación conjunta para personal de prisiones y de libertad condicional, además de otros organismos de la justicia penal, son necesarias para fomentar los enfoques interorgánicos e interdisciplinarios. Pese a que parezca que existe consenso en tales propuestas, no faltan obstáculos y dificultades que impiden su implantación.

Si observamos más detenidamente la situación presente, vemos que al mismo tiempo que están los desafíos laborales y sociales y el reconocimiento político, hay otros aspectos que desempeñan un papel esencial en la formación profesional de los FP.

Actualmente, en Europa, la captación y la selección, el tipo y la duración de la formación profesional inicial y el certificado profesional difieren de un país a otro. La capacitación formal puede tomar tan solo cincuenta días o hasta tres años o ser un título de nivel universitario.

El escenario anterior presenta a la profesión y la formación del funcionariado de prisiones una amplia variedad de retos que deben considerarse y sobre los que se debe reflexionar para llegar a soluciones integradas e internacionales. En este sentido, es posible contar con ciertos instrumentos internacionales; por ejemplo, el reconocimiento profesional presentado en ESCO y la lista del Consejo de Europa, de 22 recomendaciones, que debería formar parte de cualquier formación impartida.

Las directrices del Consejo de Europa insisten en que la educación y la formación deben promover la identidad profesional y desarrollar la cultura organizativa de acuerdo con la misión global, ya que «las necesidades de formación existen para ayudar al sistema penitenciario a desarrollar la formación necesaria que le permita cumplir sus objetivos.» Además, si quiere tener éxito y alcanzar sus metas, todo programa de formación debe centrarse en las necesidades del público al que se dirige. El Consejo de Europa aconseja que las necesidades de formación se examinen cada año, con revisiones regulares y actualizaciones en los programas para asegurar el desarrollo del personal, cubrir sus necesidades y asegurar un número apropiado de formadores y recursos.

Un estudio de caso1 reciente, en el que participaban cuatro países (Bélgica, Portugal, Rumanía y Alemania), puso de manifiesto que los FP desempeñan funciones similares que requieren conocimientos, habilidades y competencias equivalentes a pesar de las diferencias nacionales. Destacaron cuatro responsabilidades actuales primarias:

• La primera se refiere a asegurar la protección y el orden en la prisión y sus dependencias, y aglutina todas las actividades relacionadas con la vigilancia de las instalaciones y las entradas y las salidas.

• La segunda tiene que ver con la gestión de los reclusos, y se centra en aspectos de seguridad dinámica, creación de relación profesional con los reclusos, conjugar la supervisión con la rehabilitación; al mismo tiempo, asegurar un buen orden en la prisión y motivar a los reclusos para que realicen actividades que les compensen y, además, gestionar situaciones delicadas como los casos de salud psíquica, intentos de suicidio, envejecimiento de los reclusos, radicalización y crimen organizado.

• La tercera se refiere a los procedimientos administrativos, e implica la comunicación correcta de los acontecimientos, dirigiéndola a los canales jerárquicos apropiados.

• Finalmente, la cuarta, se dirige al bienestar y el desarrollo profesional de los funcionarios de prisiones, y va asociada con mantener un equilibrio emocional mientras se desempeña un trabajo de alto riesgo y duro.
Una investigación más amplia respaldó estos resultados; en ella se consideraba la información disponible sobre 25 países europeos2. De dichos resultados se desprende que cada país se enfrenta o se enfrentará a los mismos desafíos, aunque sea en diferentes medidas.

Esta investigación se centró también en las necesidades y competencias que se perciben como un requisito por parte de los funcionarios de prisiones. De un conjunto de 22 competencias, que iban desde habilidades TIC, competencias emocionales y relacionales y competencias personales esenciales hasta habilidades comunicativas, cuando se les preguntaba sobre cada competencia, los funcionarios de prisiones solían coincidir en cierto modo con respecto a las competencias cuyo desarrollo consideraban fundamental.

Las competencias más destacadas eran las que tenían que ver con crear una mejor relación con los internos y su desarrollo y capacidad personal para responder ante una situación difícil sin recurrir a la fuerza. También consideraron esenciales las habilidades siguientes: a) mantener la profesionalidad y la equidad;(b) abordar situaciones emocionales difíciles; c) comunicarse efectivamente con los presos para mantener el orden en la prisión; d) comprender de qué modo la conducta, la comunicación y las habilidades interpersonales inciden en las expectativas de un individuo; y, e) ser un modelo prosocial.

De tales conclusiones se desprende que los funcionarios de prisiones son totalmente conscientes de su papel de modelos sociales en la vida y la rehabilitación de los reclusos.

El estudio también puso de manifiesto grandes disparidades en relación con la importancia de algunos temas de la formación frente a la percepción que tienen los funcionarios de prisiones de su inclusión en los programas de formación. Para los funcionarios de prisiones, la misión de los servicios penitenciarios, los marcos legales que inciden en las rutinas de la cárcel, la seguridad dinámica y la relación con los reclusos, la ética profesional, el apoyo y el desarrollo para el personal son esenciales.

Sin embargo, de acuerdo con el nivel prescrito de inclusión, estos son temas que se expresan mal en la formación impartida. He ahí discrepancias que sugieren que los temas mencionados deberían tener un nivel de inclusión más elevado en la formación inicial.

Otra característica de este estudio consistía en la observación de los métodos de formación, tanto en la formación inicial como en la formación continua.

Los resultados mostraron que en ambos casos subsiste un alto nivel de dependencia en las sesiones basadas en el aula. Por ejemplo, la formación en TIC y las nuevas tecnologías digitales de aprendizaje, como el aprendizaje en línea y la realidad virtual aumentada, no se aplican suficientemente en los centros penitenciarios.

La formación tradicional se podría sustituir o complementar con la formación en línea, lo que sería una estrategia rentable (Russo, Woods, Drake y Jackson, 2018) y al mismo tiempo mejoraría el desarrollo de competencias digitales entre los funcionarios de las prisiones.

La formación puede funcionar como herramienta de calidad para el sistema y para sus profesionales, siempre que estos y la actividad que llevan a cabo se dignifiquen, tanto en lo que se refiere a la percepción social como en lo que se refiere a la percepción en el propio cuerpo profesional.

Sin embargo, cabe decir que la formación, en este contexto, plantea un nivel de complejidad más elevado a los proveedores, debido a los problemas nuevos y antiguos ya mencionados.

Además, es necesario abordar la resistencia que oponen prácticas ya existentes, porque la formación puede ser un facilitador sólido del funcionario de prisiones futuro. Sin embargo, la formación se enfrenta a diversas dificultades. En primer lugar, debe abordar la percepción desequilibrada entre funciones concurrentes de la prisión – la seguridad y la rehabilitación – creando una profesionalidad que incluya ambos aspectos.
Abordar este problema puede exigir un replanteamiento de los contenidos temáticos considerando la ética profesional y la misión de la prisión y destacando las actividades que concurren en cada misión, en relación tanto con los temas específicos como con las actividades de formación.

En segundo lugar, los niveles de certificado académico y profesional, considerados niveles de admisión o de salida, deben valorarse e integrarse en cada uno de los sistemas de formación o educativo del contexto nacional.

Significa que los estudios deberían diseñarse de un modo que considere los requisitos de certificación vigentes o la posibilidad de establecer alianzas con otras instituciones académicas y de formación profesional que impartan formación adicional para lograr un nivel de certificación mínimo.

En tercer lugar, pese a la importancia fundamental de los rasgos específicos nacionales para la formación, se estandariza a escala internacional un conjunto básico de competencias o temas para la formación. Debería haber un esfuerzo por reconocer esto formalmente.

Este conjunto básico de temas para la formación también debería diseñarse siguiendo directrices flexibles pero de aceptación general. Dichos temas deberían insistir en la seguridad estática y dinámica, los derechos humanos, la rehabilitación y la ética profesional; además, deberían tener en cuenta el bienestar (psíquico, social y físico) de los reclusos, la sostenibilidad, y el uso de las TIC y las herramientas digitales en el entorno penitenciario.

Debería prestarse especial atención al bienestar (psíquico, social y físico) de los funcionarios de prisiones.
Finalmente, es esencial recordar que, pese a ser fundamental, la formación no es la única respuesta que aportará el impacto esperado para superar las dificultades descritas más arriba.

Por consiguiente, es necesaria una actuación activa para resolver la cuestión de la falta de atractivo de la profesión, algo que cree una visión social positiva al respecto.

Es crucial sopesar las posibilidades de cada sistema nacional para proporcionar un itinerario de desarrollo profesional con ventajas deseables.

Para la comunidad, es esencial activar estrategias de marketing profesional que contribuyan a una visión social positiva de la ocupación del funcionario de prisiones.

 

1 El caso práctico o se desarrolló durante 2021, en el marco del proyecto Funcionarios europeos de prisiones para el siglo XXI (PO21), un proyecto financiado por fondos europeos que tiene por objeto desarrollar un currículo transnacional para la formación profesional de los funcionarios de prisiones.

2 El informe sobre 25 países se desarrolló en el marco del proyecto Funcionarios europeos de prisiones para el siglo XXI (PO21).

Referencias:

Aebi, M. & Tiago, M. (2021). Prison Populations. SPACE I. Consejo de Europa y Universidad de Lausana.

Ahmed, M. (2015). Prison Radicalisation in Europe. Tony Blair Institute for Global Change.

Consejo de Europa (2006). Reglas de las Prisiones Europeas. Consejo de Europa. 

Consejo de Europa (2019). Guidelines regarding recruitment, selection, education, training and professional development of prison and probation staff. 

ESCO – Ocupaciones – Comisión Europea. 

Parlamento Europeo (2017). Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de octubre de 2017, sobre condiciones y sistemas penitenciarios (2015/2062(INI)).

Fair, H. y Walmsley, R. (2021). Lista Mundial de Población Reclusa. Institute for Crime & Justice Policy Research. Birkbeck, Universidad de Londres.

Psick, Z., Simon, J., Brown, R., & Ahalt, C. (2017). Older and incarcerated: policy implications of aging prison populations. International journal of prisoner health, 13(1), 57–63. 

Russo, J., Woods, D., Drake, G. & Jackson, B. (2018). Building a High-Quality Correctional Workforce: Identifying Challenges and Needs. Criminal Justice Needs Project. National Institute of Justice award number 2013-MU-CX-K003. 

Treadwell, J., Gooch, K. & Perry, J. (2019). Crime in Prisons: Where now and where next? Report commissioned by Staffordshire commissioner, West Midlands Police and Crime Commissioner, John Campion Police and Crime Commissioner and Philip Secombe Police and Crime Commissioner. 

UN (1990). Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad. Resolución de la Asamblea General 45/113 de 14 de diciembre de 1990. Naciones Unidas.

UNODC (2010). Manual para Administradores Penitenciarios. Una herramienta básica de capacitación y programa para administradores penitenciarios en base a los estándares y normas internacionales. Criminal Justice Series. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, p. 82

UNODC (2010). Reglas de Bangkok. Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes con su comentario. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. 

UNODC (2011). Training Policy and Curriculum. Oficina de las Naciones Unidas. contra la Droga y el Delito.

UNODC (2015). Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (las Reglas de Nelson Mandela). Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

Pedro das Neves

Pedro das Neves

Pedro das Neves es el director ejecutivo de IPS Innovative Prison Systems / ICJS Innovative Criminal Justice Solutions Inc. Ha trabajado en la reforma de la justicia penal durante veinte años. Tiene una licenciatura en Sociología y una maestría del Colegio de Europa en Brujas, Bélgica. El Sr. das Neves recibió el Premio a la Excelencia Correccional de la ICPA (Gestión y Capacitación del Personal) en 2017 y ha sido miembro de la Junta Directiva de ICPA desde octubre de 2018. En 2021 fue nombrado miembro del Grupo de Expertos de la Comisión Europea sobre Formación Judicial Europea.

Carolina Pereira

Carolina Pereira coordina la cartera de proyectos de capacitación y desarrollo del personal penitenciario de IPS Innovative Prison Systems / ICJS Innovative Criminal Justice Solutions Inc. Tiene una licenciatura y una maestría en Ciencias de la Educación y un doctorado en Educación de la Universidad de Lisboa, Portugal.

Ana M. Nascimento

Ana M. Nascimento es investigadora y consultora en IPS Innovative Prison Systems / ICJS Innovative Criminal Justice Solutions Inc. Integra la cartera de proyectos de capacitación y desarrollo del personal penitenciario de la empresa. Tiene una licenciatura en Ciencias de la Educación, una maestría en Educación y Formación de Adultos y un doctorado en Política y Administración Educativa.

Gustar/ Compartir:
More stories
Más allá de la aplicación de la práctica basada en la evidencia: la creación de una experiencia rehabilitadora