// Entrevista: Věra Jourová
Comisaria Europea de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género
JT: La Comisión Europea y el Parlamento Europeo han redactado informes y han adoptado resoluciones que señalan las malas condiciones de detención que pueden obstaculizar la confianza mutua y una cooperación judicial eficaz entre los distintos Estados miembros. Las condiciones de confinamiento son objeto de críticas consecuentes ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y las reclamaciones de indemnización de los presos resultan costosas; En otros, las alternativas comunitarias se están introduciendo ampliamente (a menudo en asociación con la vigilancia electrónica); En otros, las penas cortas ya no significan sentencia de encarcelamiento efectiva.
A pesar de las limitaciones resultantes de los tratados de la UE en el ámbito de la justicia, ¿Cómo pueden las políticas dirigidas por la Comisión Europea contribuir al desarrollo y la modernización de una tal diversidad de sistemas penitenciarios y de reinserción social europeos?
VJ: La supervisión de las condiciones de detención y la gestión penitenciaria son primordialmente competencia de los Estados Miembros. Hasta ahora, no existe legislación comunitaria en este ámbito.
Hasta ahora, no existe legislación comunitaria en este ámbito. Sin embargo, las malas condiciones de detención pueden obstaculizar el funcionamiento eficaz de los instrumentos de reconocimiento mutuo de la UE, como la orden de detención europea, tal como ha sido recientemente reconocido expresamente por el Tribunal de Justicia de la UE en el caso Aranyosi / Caldararu.
El Tribunal de Justicia declaró que la ejecución de un MDE debe aplazarse o ponerse fin a un eventual riesgo de trato inhumano o degradante debido a las condiciones de detención del interesado en el Estado miembro en que se dictó el mandamiento.
En consecuencia, podría ser necesaria una mayor coordinación entre los Estados miembros, en particular en lo que se refiere a la información que se pondrá a disposición sobre las condiciones de detención, y que sería necesario elaborar indicadores comunes para evaluar de manera uniforme si existe un riesgo real de trato inhumano o degradante en el sentido del Artículo 4 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
Yo también apoyo la cooperación con el Consejo de Europa, que tiene una amplia experiencia en el ámbito de la detención y en la promoción de cárceles más humanas y socialmente eficaces.
En 2016, la Comisión Europea concedió una subvención al Consejo de Europa para la creación de una red de órganos nacionales de vigilancia penitenciaria (mecanismos preventivos nacionales).
Permite a los organismos de vigilancia de las cárceles de los Estados Miembros reunirse periódicamente en una red informal para debatir cuestiones de detención e intercambiar las mejores prácticas en este ámbito y centrarse en cuestiones específicas de la UE, como el funcionamiento de la Decisión marco 2008/909 / Transferencia de prisioneros y el MDE.
La Comisión también fomenta la creación de redes y el intercambio de buenas prácticas de las organizaciones penitenciarias y de libertad condicional mediante nuestras subvenciones anuales de funcionamiento a EuroPris y la Organización Europea de Libertad Condicional (CEP) ya través de numerosas subvenciones de acción dedicadas a proyectos relacionados con el encarcelamiento.
JT: Las Decisiones Marco 2008/909/JHA del Consejo (relativas a la aplicación, entre los Estados miembros de la Unión Europea, del principio de reconocimiento mutuo a las decisiones sobre medidas de supervisión como alternativa a la detención provisional); 2009/829/JHA (relativa a las penas privativas de libertad o medidas privativas de libertad) y 2008/947/JHA (relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales y de libertad condicional con vistas a supervisar medidas de libertad vigilada y sanciones alternativas) se consideran logros importantes a la escala europea.
¿Cómo describiría la aplicación de las decisiones del Consejo, hasta ahora? ¿Cuáles son los principales retos a superar?
VJ: Hasta este momento, casi todos los Estados miembros han aplicado esas Decisiones Marco. La Comisión se está comunicando actualmente con quienes aún no lo han hecho y tomará medidas para garantizar que todos los Estados miembros cumplan con el Marco de la UE.
La Comisión Europea ha organizado numerosas reuniones de expertos para ayudar a los Estados Miembros en la tarea de aplicar las Decisiones Marco en su legislación nacional. Desde hace varios años, organizamos, en estrecha colaboración con EuroPris y la Confederación Europea de Libertad Condicional (CEP), talleres anuales que permiten a las autoridades competentes debatir cualquier cuestión que pueda surgir en el contexto de la aplicación práctica de las Decisiones Marco.
Actualmente, también estamos trabajando en un Manual de la Comisión sobre la FD 2008/909/JHA sobre la Transferencia de Prisioneros.
La aplicación de esos instrumentos es importante, ya que pueden conducir a una reducción de las penas de prisión impuestas por los jueces a los no residentes. Esto no sólo podría reducir el hacinamiento en las cárceles y, por lo tanto, mejorar las condiciones de detención, sino que también permitiría ahorros considerables para los presupuestos dedicados por los Estados Miembros a las cárceles.